Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS)
Comprendiendo el Proceso de Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS)
En Barrera Legal Group, estamos dedicados a ayudar a niños y jóvenes vulnerables a navegar el complejo sistema de inmigración. Una forma crucial de alivio para los niños inmigrantes que han sido abusados, abandonados o descuidados es el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS). Este estatus no solo protege al niño de la deportación, sino que también abre la puerta para solicitar la residencia permanente legal (una tarjeta verde) en los Estados Unidos.
¿Qué es SIJS? El Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS) es una forma de alivio migratorio disponible para niños menores de 21 años que han sido sometidos a abuso, descuido o abandono por uno o ambos padres. SIJS permite que estos niños soliciten la residencia legal en los EE.UU. basándose en su estatus vulnerable.
¿Quién Califica para SIJS? Para calificar para SIJS, se deben cumplir los siguientes criterios:
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El solicitante debe ser menor de 21 años.
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El solicitante debe ser soltero.
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Un tribunal de menores o de familia debe haber declarado al niño dependiente del tribunal o haber colocado al niño bajo la custodia de una agencia estatal, departamento o individuo.
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El tribunal debe haber determinado que no es en el mejor interés del niño regresar a su país de origen.
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El tribunal debe haber encontrado que el niño no puede reunificarse con uno o ambos padres debido a abuso, descuido o abandono.
El Proceso de SIJS: Paso a Paso
1. Obtener Órdenes de Tutela, Adopción o Custodia: El primer paso en el proceso de SIJS es obtener una orden de tutela o custodia de un tribunal de menores o de familia. El tribunal debe emitir una orden de hallazgos especiales que confirme la elegibilidad del niño para SIJS. Esta orden incluirá hallazgos de abuso, descuido o abandono y una determinación de que no es en el mejor interés del niño regresar a su país de origen. Es importante tener en cuenta que, aunque el requisito de edad para ser elegible para USCIS es de 21 años, algunos tribunales estatales no otorgarán órdenes de tutela y la correspondiente orden de hallazgos especiales si el niño tiene 18 años o más. Estas jurisdicciones pueden requerir iniciar un proceso de adopción para obtener las órdenes necesarias para presentar la solicitud ante USCIS.
2. Presentar el Formulario I-360: Una vez obtenida la orden de hallazgos especiales, el siguiente paso es presentar el Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Esta petición busca clasificar al niño como Inmigrante Juvenil Especial.
3. Esperar la Aprobación de USCIS: USCIS revisará la petición I-360 y, si es aprobada, al niño se le otorgará el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial. Esta aprobación proporciona al niño protección contra la deportación y le permite solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD), que le permite trabajar legalmente en los Estados Unidos.
4. Solicitar el Ajuste de Estatus (Formulario I-485): Una vez que la fecha de prioridad del niño sea actual (lo que puede tardar varios años), puede solicitar una tarjeta verde presentando el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Este paso proporcionará al niño la residencia legal permanente en los EE.UU. También es importante destacar que esperar una prioridad para poder presentar el Formulario I-485 puede tardar aproximadamente entre 3 y 4 años, dependiendo del país de origen del niño.
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¿Por Qué Elegir Barrera Legal Group? Navegar por el proceso de SIJS puede ser complejo y requiere una guía legal cuidadosa. En Barrera Legal Group, tenemos amplia experiencia en representar a niños y jóvenes que buscan SIJS. Nuestro equipo está comprometido a proporcionar servicios legales compasivos y completos para ayudarle a usted o a su ser querido a obtener la protección y estabilidad que ofrece el SIJS.
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